VATICANO, 10 Abr. 11 / 08:40 am (ACI/EWTN Noticias)
Miles de fieles y peregrinos se dieron cita este mediodía (hora local) en la Plaza de San Pedro para rezar el Ángelus con el Papa Benedicto XVI, quien señaló que el pecado genera la muerte espiritual que amenaza con arruinar la vida del hombre.
"La muerte representa para nosotros un muro que nos impide ver más allá; sin embargo nuestro corazón está volcado hacia el más allá, y si bien no podemos conocer lo que este esconde, lo pensamos, lo imaginamos, expresando con símbolos nuestro deseo de eternidad", dijo el Pontífice.
El Papa habló de la resurrección e hizo notar como la "aspiración ancestral del hombre por ser sepultado con sus padres es una anhelo de una 'patria' que lo acoja al final de las fatigas terrenas".
"Entre los cristianos, la fe en la resurrección y en la vida eterna se acompaña no raramente por tantas dudas, tanta confusión, porque se trata de una realidad que sobrepasa los límites de nuestra razón y exige un acto de fe".
Reflexionando sobre el Evangelio de hoy, el Santo Padre afirmó que "Cristo derrumba los muros de la muerte, en Él habita toda la plenitud de Dios, que es vida, vida eterna. Por esto la muerte no tiene poder alguno sobre Él; y la resurrección de Lázaro es el signo de su pleno dominio sobre la muerte física, que frente a Dios es como un sueño".
Benedicto XVI resaltó asimismo la existencia de otra muerte, que al mismo Cristo "costó una lucha aún más dura: la muerte espiritual, el pecado, que amenaza con arruinar la existencia de cada hombre. La resurrección de Cristo no es el regreso a la vida precedente, sino la apertura a una nueva realidad, una nueva tierra que está unida al Cielo de Dios".
En español, el Papa dijo que "en el Evangelio de este quinto domingo de Cuaresma, contemplamos a Jesús que devuelve a la vida a su amigo Lázaro, después de haber llorado su muerte".
"En estos días, y ante la proximidad del comienzo de la Semana Santa, pidamos a la Virgen María que nos ayude en nuestro camino de preparación espiritual, para que, a través de la oración, las obras de caridad y de penitencia cuaresmal, podamos participar con fruto en la Pascua de Aquel que es la resurrección y la vida. Feliz domingo", concluyó.
fuente : ACI-PRENSA
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AQUÍ UNA EXPLICACIÓN DE LO QUE SIGNIFICA LA MUERTE ESPIRITUAL :
La angustia de la salvación católica
por Daniel Sapia
COMPARTIDO EN AMOR CRISTIANO
Introducción
La Iglesia Católica Romana enseña en su teología que cualquiera que muera en pecado mortal (pecado grave [1]) sin confesión y absolución, o al menos sin arrepentimiento sincero, sufrirá las penas eternas del Infierno (sin importan cuán devoto y obediente haya podido ser a lo largo de su vida).
«Morir en pecado mortal sin estar arrepentido ni acoger el amor misericordioso de Dios, significa permanecer separados de El para siempre por nuestra propia y libre elección. Este estado de autoexclusión definitiva de la comunión con Dios y con los bienaventurados es lo que se designa con la palabra "infierno".» (Catecismo N° 1033) [2]
Para cualquier fiel que sea consciente de lo que la Iglesia define, la circunstancia no deja de ser angustiante, habida cuenta de la posibilidad de, tal vez, sufrir una muerte repentina y fulminante, que le impida en algún último segundo, al menos ensayar un arrepentimiento sincero de el/los pecado/s graves cometidos desde la última confesión (si la hubo).
Parados en este punto, alguien hasta tal vez suponga estar fuera de este riesgo al no acarrear en su vida pecados mortales o graves, como por ejemplo los consabidos "matar", "robar", "blasfemar contra Dios", etc. Para el Católico que así piense, en realidad no hay buenas noticias, ya que su misma Iglesia define muchos otros actos catalogados como "pecado mortal", incluso algunos hasta tal vez insospechados, como por ejemplo el faltar a Misa dominical sin una causa justificada. [3]
Por ende:
En base a lo determinado por la Jerarquía de la Iglesia Católica Romana podemos inferir que si usted (Católico/a) faltó a Misa el pasado Domingo sin causa justificada, y no confesó y fue absuelto de ese pecado grave (o de cualquier otro), o al menos no se arrepintió sinceramente de haberlo cometido, si muere en este preciso momento, de ordinario su destino eterno es el Infierno. Así de simple.
En Argentina existe una estadística oficial, publicada por el sitio católico Compartir, en donde afirma que el 85% de la población es Católica Romana, y que sólo el 6% acudiría a Misa dominical. Si la población de Argentina ronda los 40 millones de habitantes, nos permite inferir (conforme la teología católica y la estadística oficial) que si instantáneamente Argentina desapareciera por causa de un meteorito gigante, como mínimo (sin considerar otros pecados graves no absueltos) casi 32 millones de católicos se irían derecho al Infierno... (el 94% del 85% de 40 millones)
Evalúe entonces, conforme su Iglesia enseña, la dimensión del riesgo ETERNO que todo fiel católico permanentemente corre, ya que NADIE tiene la vida asegurada y que TODOS estamos propensos a sufrir EN CUALQUIER MOMENTO un accidente que nos cueste instantáneamente la vida (de tránsito, asalto, paro cardíaco, ataque cerebral, etc.)
Poseo un libro escrito por el presbítero Alonso Rodríguez, S.I de la Compañía de Jesus -Valladolid- (1526-1616), que lleva como título: "Ejercicio de Perfección y Virtudes Cristianas" (Editorial testimonio, Tercera edición, Madrid, 1995). Encuentro interesante, como poderoso resumen de lo que acabo de manifestar, citar un párrafo de dicho libro, en el capítulo sobre "Acto de Contrición". El presbítero Alonso Rodríguez dice (negritas agregadas):
-"..podrá acontecer muchas veces que por haber uno hecho este acto de contrición se salve, y si no le hubiera hecho, se condenara para siempre, por cogerle la muerte en pecado mortal. Por ende se verá cuánto importa acostumbrarse uno a hacer este acto de contrición a menudo de todo corazón. Y, a lo menos, ninguno debería dejarla de hacer cada noche, pues no sabe si amanecerá mañana..." (Parte 2da., Tratado 8, Acto de Contrición, pág. 1.192)
El sentido del párrafo, pues, es por demás claro. El riesgo permanente al que está sometido el católico es real, INCLUSO ENTRE RELIGIOSOS (tal la condición de los destinatarios del escrito de Alonso Rodríguez, como manifiesta el mismo autor en el Prólogo de la obra, pág. IX: "A los Religiosos de la Compañía de Jesús").
El "antídoto" propuesto por la Iglesia
¿Qué define de ordinario la Iglesia Católica para evitar este tremendo y permanente riesgo? Pues, define un procedimiento que (indirecta pero eficazmente) ata al fiel católico a depender de ella, al tener que acudir por sus servicios tan asiduamente como desee preservarse libre de la causa condenatoria (pecado mortal) que porta.
Para que todo/a Católico/a pueda “estar a resguardo” de este triste e indeseado final, es que la Iglesia manda practicar lo más frecuentemente posible la confesión de pecados ante un sacerdote ordenado [4], el cual actuando como juez [5], está autorizado a dar la absolución en el nombre de Dios, y de esta manera este fiel podría estar tranquilo por si es sorprendido por alguna desgracia (por lo menos, hasta el siguiente pecado grave cometido). De esta forma, la Iglesia no hace más que generar una férrea dependencia del fiel hacia el clero-Institución, entre el reo y el juez que lo puede absolver, quien poseería los medios para librarlo (al menos momentáneamente) del terrible e indeseado final que le aguarda...
De esta manera, la Iglesia tanto legisla sobre el riesgo de condenación eterna como sobre la manera de evitarlo, al recurrir a ella. Una excelente estrategia, a través del miedo, para generar, edificar y solidificar su poder temporal sobre la feligresía.
Lo que acabamos de describir, forzosamente resumido, es precisamente lo que la Iglesia Católica enseña respecto a la pérdida de la "Gracia Santificante" [6], enseñanza que todo fiel se encuentra inevitablemente obligado a creer. [7]
En definitiva: La Iglesia me impone la carga, diciendo que si muero en pecado mortal no absuelto voy al Infierno (por más fiel devoto que haya sido en mi vida). Pero también me ofrece "el antídoto" a la pena que reglamentó, el cual se hace efectivo a través de la visita recurrente a sus confesionarios. De esta forma, la Iglesia se asegura mi dependencia a ella...
Considérese el siguiente texto de fuente católica, escrito por Graciela Fernández Criado para la Revista Jesucristo-Vivo, tomado de un reconocido portal católico (resaltados agregados):
http://www.iglesia.org/articulos/conf_inf.php
Si no me confieso antes de morir, ¿me iré de cabeza al infierno?
Sabemos que el requisito fundamental para salvarse, cuando uno es adulto y pecador como la mayoría de nosotros, es morir en la gracia de Dios, que otorga la Reconciliación o Confesión. Sin embargo, existe una excepción, y es el caso en que la persona que está en pecado y, próxima a morir, no puede ser acudida por un sacerdote. Imaginemos por ejemplo un hecho tan luctuoso como terrible y reciente: el atentado en las Torres Gemelas de Nueva York. Allí, varios centenares de católicos murieron sin poder ser asistidos por un sacerdote. ¿Podría el Señor condenarlos por haber muerto sin confesarse? Ciertamente que no, como sucede con las personas que fallecen en un repentino y trágico accidente.
En tales circunstancias, la Iglesia promete que la Misericordia del Señor será infinita, para con las personas que con su último aliento clamen a Dios por el perdón de sus pecados. Si el individuo tiene un instante de lucidez antes de la muerte, y en ese instante se arrepiente de todo corazón por todos los pecados que ha cometido, y le pide a Dios el perdón, también se salvará.
No obstante, seguimos sin tener la seguridad de que antes de morir contaremos con esos segundos de lucidez y paz suficientes como para hacer un buen análisis de conciencia y el respectivo acto de contrición o arrepentimiento.
Una vez más, entonces, volvemos a la necesidad de vivir siempre en gracia de Dios, de recurrir a la confesión cuantas veces caigamos en pecado, y cumpliendo a cabalidad con todos los requisitos para que sea una confesión bien hecha.
Los méritos necesarios para ingresar directamente al Reino de los Cielos son muchos, debemos recordar lo que dijo Jesús: "muchos son los llamados pero pocos los escogidos" (Mt 22,14). Por lo tanto, deberemos esforzarnos por obtener un lugar allí, y abandonarnos humildemente en la gracia y misericordia de Dios.
Graciela Fernández Criado
Revista Jesucristo-Vivo
para www.iglesia.org
Pareciera que no existe alternativa. Las palabras de la Sra. Fernández Criado no dejan lugar a dudas: "recurrir a la confesión cuántas veces se caiga en pecado", lo cual tampoco es garantía absoluta DE NADA, pues la muerte nos podría alcanzar de camino al confesionario mismo...
Intentando soliviantar el riesgo
En su teología "filosófica", la Iglesia Católica define cuestiones que en la Biblia, aún en temas centrales e importantes, ni siquiera insinúa. Tal el caso, a modo de ejemplo, de lo que la Biblia denomina rendir culto [espiritual], pero que la filosofía católica, unilateralmente, sub-clasifica como "dulía" / "hiperdulía" / "latría" para disponer de un recurso a la hora de explicar que el culto espiritual a las imágenes o criaturas no es idolatría.
Algo similar sucede con la acción de pecar gravemente contra Dios, en donde también aparecen tipificaciones y condiciones. En este sentido, algunas personas argumentan que “se cae en pecado mortal sólo si es cometido cumpliendo ciertos requisitos”. Conforme al tema que tratamos, es evidente la intención de pretender amortiguar el número de personas efectivamente merecedoras de la universal pena, ya que, según estas personas, sólo recaería sobre quienes hayan pecado bajo esas “ciertas circunstancias”. ¿Cuáles son esas circunstancias?
Requisitos
...que define la Iglesia Católica para que el pecado cometido sea grave / mortal.
«Para que un pecado sea mortal se requieren tres condiciones: "Es pecado mortal lo que tiene como objeto una materia grave y que, además, es cometido con pleno conocimiento y deliberado consentimiento» (Catecismo 1857)
O explicado por un sacerdote, de manera más fácilmente comprensible:
El pecado es grave cuando se dan juntamente 3 cosas:
1) Que la materia sea gravemente mala (en sí o en sus circunstancias); o que yo crea que es grave aunque de suyo no lo sea.
2) Que al hacerlo yo sepa que es grave.
3) que yo quiera hacer aquello que sé que es grave.
1. Para que haya pecado grave deben darse las tres cosas al mismo tiempo. Si no, no hay pecado grave
Fuente: P. Jorge Loring (Catholic.net)
Las condiciones enunciadas precedentemente son las que debe reunir una acción para que, según la misma Iglesia Católica define, pueda ser considerada "pecado mortal". Pues, conforme a esto, consideremos entonces un caso por demás posible...
«Es domingo por la mañana. El día amaneció apacible con un cielo celeste que invita a respirar profundo y dar gracias a Dios por la vida. La familia, como es costumbre, pronto se preparará para ir a Misa en la parroquia del barrio. Don Ricardo, dueño de casa, suele sumarse a cumplir con este compromiso. Para ese mediodía, luego de la Misa, han invitado a almorzar a la tía Gloria, cuñados y primos... No es frecuente la invitación, habida cuenta de lo incómodo que Don Ricardo se siente cuando la tía Gloria se pone a practicar lo que mejor sabe hacer: criticar a la familia... En ese momento Don Ricardo escucha la voz de su esposa, llamándolo desde adentro de la casa para que vaya a alistarse para salir hacia la parroquia. En el momento que atraviesa el jardín de entrada, y habiendo recordado el prometido almuerzo con la tía Gloria, nota con fastidio lo desarreglado que se encuentra el césped del jardín, tan crecido por las lluvias de la semana pasada. Todavía resuena en su memoria la última vez que la tía no se perdió la oportunidad de largar una indirecta respecto a la "prolijidad del jardinero de la casa de Ricardo...". No queriendo pasar vergüenza nuevamente, toma la decisión de no asistir a la Misa para dejar el césped del jardín en condiciones... Mientras la familia sale para la parroquia, Don Ricardo sale al jardín con la vieja cortadora de césped. El pasto aún permanece mojado a causa del rocío nocturno. Enchufa la cortadora, la lleva al césped, la enciende... y una inesperada y violenta descarga eléctrica lo sacude por unos instantes y lo lanza contra la pared. Don Ricardo muere instantáneamente.»
Si bien este relato es ficticio, en absoluto puede catalogarse como "descabellado" o imposible. Es más, se lo ve por demás probable, si se recrean las condiciones. Pues, Don Ricardo, católico por años, acaba de morir condenado al Infierno, pues su FALTA reúne las 3 características que la Iglesia Católica define como necesarias para considerar MORTAL o GRAVE a un pecado. Y además, Don Ricardo no tuvo siquiera tiempo de arrepentirse de él:
1. La materia es grave. Faltar a Misa sin causa verdaderamente justificada es un pecado grave (Catecismo 2181).
2. Don Ricardo sabía que debía asistir a Misa. Como católico la Iglesia lo obliga a ello [8] (Catecismo 2180). Sin embargo, y a pesar de su pleno conocimiento, decidió arreglar el jardín para no tener que aguantar a la tía Gloria.
3. A pesar del compromiso dominical al que sabe que está sujeto, conforme la Iglesia manda [8], prestó su pleno consentimiento a eludirlo para cortar el césped de su jardín. Bastó conformarse pensando que... -"hace 2 meses que no falto a una sola Misa. Tampoco necesito ser fanático..."
Conforme la teología de su Iglesia cree y enseña, y a causa de que no dispuso de los segundos necesarios para arrepentirse, Don Ricardo se fue al Infierno.
Actitud
Todo esto que acabamos de ver puede generar en el fiel Católico 2 actitudes: indiferencia o angustia. No podría existir una tercera, supuestamente de paz y confianza en lo decretado por la Iglesia, habida cuenta de la innegable realidad de que, como mencionamos, la muerte instantánea nos puede llegar cuando menos lo suponemos, incluso momentos antes de realizar la prolija confesión que, según la Iglesia, nos hubiera librado del estigma condenatorio...
Si como Católico/a su actitud es de indiferencia a lo que acaba de leer, su situación es más grave aún de lo que supone. Vaya uno a saber que cosas ha comprendido o qué cosas le han enseñado respecto al Plan de Dios y a la Buena Noticia (Evangelio) en el sacrificio redentor de Cristo. La Salvación eterna de su alma es un tema sumamente trascendente como para que lo deje "para después", o meramente librado en manos de sus "representantes religiosos" de turno. Reflexione ahora, mientras haya tiempo, ya que, como está profetizado, Dios no tendrá por inocente al culpable (Números 14:18, Nahum 1:3, Hechos 17:30-31)
¿Qué dice la Biblia?
La Palabra de Dios es clara al respecto. TODOS hemos caído de la gracia a causa del pecado. Como dijera el apóstol Pablo: "No hay justo ni aún uno" (Romanos 3:10-12) y "por cuanto TODOS pecaron y están destituidos de la gloria de Dios" (Romanos 3:23).
Ahora bien, estando en nuestra condición original de impíos, ¿cómo podemos recobrar nuestra perdida comunión espiritual con Dios? Es el mismo Pablo quien nos lo aclara en los versículos siguientes: "..siendo justificados gratuitamente por su gracia, mediante la redención (cancelación-pago) que es en Cristo Jesús, a quien Dios puso como propiciación por medio de la fe en su sangre, para manifestar su justicia, a causa de haber pasado por alto, en su paciencia, los pecados pasados, con la mira de manifestar en este tiempo su justicia, a fin de que él sea el justo, y el que justifica al que es de la fe de Jesús. ¿Dónde, pues, está la jactancia? Queda excluida. ¿Por cuál ley? ¿Por la de las obras? No, sino por la ley de la fe. Concluimos, pues, que el hombre es justificado por fe sin las obras de la ley." (Romanos 3:24-28)
Querido/a amigo/a Católico/a, quien nos justifica ante Dios Padre no son nuestras obras, ni siquiera nuestras "confesiones de pecados". Quien nos justifica ante el Eterno Dios es el sacrificio redentor de Cristo, apropiado (hecho propio) para nuestra vida por medio de la Fe en Él. Si este paso de fe que hemos dado ha sido realmente honesto y sincero, y la regeneración espiritual en Cristo te ha convertido en NUEVA CRIATURA, hijo de Dios por Su gracia (Juan 1:11-13), a causa de un arrepentimiento sincero ante Dios y fe depositada en Cristo (Hechos 20:21-27), no existe NADA que pueda arrebatarte esa Justificación. Como Dios ha prometido, ya has sido "sellado con el Espíritu Santo de la promesa".
"En él también vosotros, habiendo oído la palabra de verdad, el evangelio de vuestra salvación, y habiendo creído en él, fuisteis sellados con el Espíritu Santo de la promesa, que es las arras de nuestra herencia hasta la redención de la posesión adquirida, para alabanza de su gloria." (Efesios 1:13-14)
No existe NADA que pueda borrar el Sello puesto por Dios. Y esto también lo dice el apóstol Pablo a los Romanos:
"¿Qué, pues, diremos a esto? Si Dios es por nosotros, ¿quién contra nosotros? El que no escatimó ni a su propio Hijo, sino que lo entregó por todos nosotros, ¿cómo no nos dará también con él todas las cosas? ¿Quién acusará a los escogidos de Dios? Dios es el que justifica. ¿Quién es el que condenará? Cristo es el que murió; más aun, el que también resucitó, el que además está a la diestra de Dios, el que también intercede por nosotros. ¿Quién nos separará del amor de Cristo? ¿Tribulación, o angustia, o persecución, o hambre, o desnudez, o peligro, o espada? Como está escrito: Por causa de ti somos muertos todo el tiempo; Somos contados como ovejas de matadero. Antes, en todas estas cosas somos más que vencedores por medio de aquel que nos amó. Por lo cual estoy seguro de que ni la muerte, ni la vida, ni ángeles, ni principados, ni potestades, ni lo presente, ni lo por venir, ni lo alto, ni lo profundo, ni ninguna otra cosa creada nos podrá separar del amor de Dios, que es en Cristo Jesús Señor nuestro." (Romanos 8:31-39)
Amén y amén.
Por supuesto, esto no pretende significar que no debamos confesar nuestros pecados a Dios, con honesto arrepentimiento, y acudiendo al Trono de la Gracia por fortaleza para no volver a caer. Pero siempre confiados en que, si hemos pecado, abogado tenemos para con el Padre: Jesucristo (1 Juan 2:1).
Momento de decisión
Si has aceptado la enseñanza de la Iglesia Católica Romana, sabes que ya no podrás estar seguro/a de tu destino eterno, aunque te esfuerces por ser fielmente obediente a sus imposiciones y enseñanzas. SIEMPRE existirá la posibilidad de que, conforme al "método de salvación" que la Iglesia Católica enseña, te falten esos segundos de paz para confesar a Dios tus últimos pecados cometidos, requisito sin el cual tu/s pecado/s mortal/es permanecerán en tu vida (privándote de la necesaria Gracia Santificante), gracias a lo cual tu destino eterno quedará sellado: el Infierno.
Si has escuchado lo que Dios dice en Su Palabra, y has aceptado escoger la Salvación que Él ofrece por gracia, por medio de la Fe en Su amado Hijo Jesucristo (Efesios 2:8-9), entonces puedes estar seguro/a y vivir tranquilo/a respecto a tu morada eterna, actuando conforme a la regeneración espiritual obrada en tu corazón (Efesios 2:10), manifestado en la voluntad de crecer en santidad y obediencia cada día, en agradecimiento, alabanza y adoración hacia Aquél que pagó por ti, aunque Él nada debía, ofrendando Su propia vida. Sea Su nombre bendito por los siglos.
El Evangelio de Dios te ha sido predicado, y ya no podrás presumir de Su ignorancia.
Dios te bendiga, ilumine y fortalezca, para que tomes el camino correcto.
En el amor de Cristo
Daniel Sapia
¿Quieres aceptar la Salvación que Dios te ofrece?
ACTUALIZADO AL 16-MAR-2005
Comentario crítico sobre este artículo por parte de fiel católico
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NOTAS:
[1] "31. ¿Por qué el pecado grave se llama mortal? El pecado grave se llama mortal porque separa de Dios haciendo perder la gracia santificante, que es la vida del alma." Tomado del portal católico ACIPRENSA.
«Algunos distinguen entre el pecado grave y el pecado mortal. Pero ha dicho el Papa Juan Pablo II: «el pecado grave se identifica prácticamente en la doctrina y en la acción pastoral de la Iglesia con el pecado mortal... La triple distinción de los pecados en veniales, graves y mortales, podría poner de relieve una gradación en los pecados graves. Pero queda siempre firme el principio de que la distinción esencial y decisiva está entre el pecado que destruye la caridad y el pecado que no mata la vida sobrenatural: entre la vida y la muerte no existe una vida intermedia..»
(JUAN PABLO II: Reconciliación y Penitencia, nº 17. Revista ECCLESIA, 2204 (5-I-85)29s) Jorge Loring
(JUAN PABLO II: Reconciliación y Penitencia, nº 17. Revista ECCLESIA, 2204 (5-I-85)29s) Jorge Loring
[2] "24. Más si alguno muere en pecado mortal sin penitencia, sin género de dudas es perpetuamente atormentado por los ardores del infierno" (Denzinger 457)
"La eucaristía del Domingo fundamenta y ratifica toda la práctica cristiana. Por eso los fieles están obligados a participar en la eucaristía los días de precepto, a no ser que estén excusados por una razón seria (por ejemplo, enfermedad, el cuidado de niños pequeños) o dispensados por su pastor propio (cf CIC, can. 1245). Los que deliberadamente faltan a esta obligación cometen un pecado grave." (Catecismo N° 2181)
«¿POR QUE DEBEMOS PARTICIPAR EN LA SANTA MISA?
Catecismo de la Iglesia Católica, nn. 2177 - 2183
El tercer mandamiento, "Santificarás las fiestas", nos llamar a honrar a Dios con las obras de culto en los días festivos de precepto. Por tanto, no participar en la Misa por culpa propia constituye un pecado grave, un pecado mortal, y para obtener el perdón es necesario acercarse al sacramento de la Confesión.» Tomado del portal católico Agenzia Fides
[4] "El que quiere obtener la reconciliación con Dios y con la Iglesia debe confesar al sacerdote todos los pecados graves que no ha confesado aún y de los que se acuerda tras examinar cuidadosamente su conciencia." (Catecismo N° 1493)
«Sólo los sacerdotes que han recibido de la autoridad de la Iglesia la facultad de absolver pueden ordinariamente perdonar los pecados en nombre de Cristo.» (Catecismo N° 1495)
[5] "...Porque aunque sea la absolución del sacerdote comunicación de ajeno beneficio; sin embargo no es solo un mero ministerio o de anunciar el Evangelio, o de declarar que los pecados están perdonados; sino que es a manera de un acto judicial, en el que pronuncia el sacerdote la sentencia como juez.." (Concilio de Trento, Sesión XIV, Cap.VI)
[6] "El pecado mortal es una posibilidad radical de la libertad humana contra el amor. Entraña la pérdida de la caridad y la privación de la gracia santificante, es decir, del estado de gracia. Si no es eliminado por el arrepentimiento y el perdón de Dios, causa la exclusión del Reino de Cristo y la muerte eterna del infierno; de modo que nuestra libertad tiene poder de hacer elecciones para siempre, sin retorno. Sin embargo, aunque podamos juzgar que un acto es en sí una falta grave, el juicio sobre las personas debemos confiarlo a la justicia y a la misericordia de Dios." (Catecismo 1861)
[7] "El Magisterio de la Iglesia ejerce plenamente la autoridad que tiene de Cristo cuando define dogmas, es decir, cuando propone, de una forma que obliga al pueblo cristiano a una adhesión irrevocable de fe, verdades contenidas en la Revelación divina o también cuando propone de manera definitiva verdades que tienen con ellas un vínculo necesario." (Catecismo N° 88)
"Los fieles, conscientes de su propia responsabilidad, están obligados a seguir, por obediencia cristiana, todo aquello que los Pastores sagrados, en cuanto representantes de Cristo, declaran como maestros de la fe o establecen como rectores de la Iglesia" (Código de Derecho Canónico 212:1)
"Los fieles, por su parte, tienen obligación de aceptar y adherirse con religiosa sumisión del espíritu al parecer de su Obispo, en materias de fe y de costumbres, cuando él lo expone en nombre de Cristo. Esta religiosa sumisión de voluntad y entendimiento de modo particular se debe al magisterio auténtico del Romano Pontífice, aun cuando no hable ex cathedra.." (Concilio Vaticano II, Cap. III "Constitución Jerárquica de la Iglesia", N° 25 )
[8] El Papa recalcó que la misa del domingo "es obligatoria" (Clarín, 30/01/2004)
El Pontífice advirtió que en algunas comunidades la eucaristía perdió "el lugar que merecía". Y les pidió a los obispos que no dejen de recordarles a los creyentes que deben asistir a la Iglesia.
http://www.clarin.com/diario/2004/01/30/um/m-700267.htm
INDICE
Daniel Sapia - "Conoceréis la Verdad"
Apologética Cristiana - ® desde Junio 2000
http://www.conocereislaverdad.org/
"Enseña la Iglesia Romana que las almas de aquellos que salen del mundo en pecado mortal o sólo con el pecado original, bajan inmediatamente al infierno, para ser, sin embargo, castigados con penas diferentes en lugares diferentes" (Denzinger 493a, 693)
«El pecado mortal se llama mortal porque es la muerte "espiritual " del alma ( separación de Dios ). Si estamos en un estado de gracia nos hace perder esta vida sobrenatural. Si morimos sin arrepentirnos, lo perdemos a Él por la eternidad. Sin embargo, si volvemos nuestro corazón a Él y recibimos el Sacramento de la Penitencia, nuestra amistad con Él queda restaurada. A los católicos no les está permitido recibir la Comunión si tienen pecados mortales sin confesar .» Tomado del portal católico EWTN
«Pecado mortal: separa a la persona de la amistad con Dios o intensifica el alejamiento que la persona ya tiene. Implica un pecado grave que se hace con suficiente conocimiento y libertad; la consecuencia es la perdida de la gracia santificante y la participación de la vida divina que Cristo nos mereció. Además pierde todos los méritos adquiridos por los actos buenos realizados anteriormente y deja de ser heredero del Reino. Morir así es enfrentarse con el juicio de Dios y con la separación eterna de Dios = Infierno.» Tomado del portal católico CORAZONES
[3] La obligación del Domingo "El mandamiento de la Iglesia determina y precisa la ley del Señor: "El domingo y las demás fiestas de precepto los fieles tienen obligación de participar en la Misa" (CIC, can. 1247). "Cumple el precepto de participar en la Misa quien asiste a ella, dondequiera que se celebre en un rito católico, tanto el día de la fiesta como el día anterior por la tarde" (CIC, can. 1248,1)" (Catecismo N° 2180)"La eucaristía del Domingo fundamenta y ratifica toda la práctica cristiana. Por eso los fieles están obligados a participar en la eucaristía los días de precepto, a no ser que estén excusados por una razón seria (por ejemplo, enfermedad, el cuidado de niños pequeños) o dispensados por su pastor propio (cf CIC, can. 1245). Los que deliberadamente faltan a esta obligación cometen un pecado grave." (Catecismo N° 2181)
«¿POR QUE DEBEMOS PARTICIPAR EN LA SANTA MISA?
Catecismo de la Iglesia Católica, nn. 2177 - 2183
El tercer mandamiento, "Santificarás las fiestas", nos llamar a honrar a Dios con las obras de culto en los días festivos de precepto. Por tanto, no participar en la Misa por culpa propia constituye un pecado grave, un pecado mortal, y para obtener el perdón es necesario acercarse al sacramento de la Confesión.» Tomado del portal católico Agenzia Fides
[4] "El que quiere obtener la reconciliación con Dios y con la Iglesia debe confesar al sacerdote todos los pecados graves que no ha confesado aún y de los que se acuerda tras examinar cuidadosamente su conciencia." (Catecismo N° 1493)
«Sólo los sacerdotes que han recibido de la autoridad de la Iglesia la facultad de absolver pueden ordinariamente perdonar los pecados en nombre de Cristo.» (Catecismo N° 1495)
[5] "...Porque aunque sea la absolución del sacerdote comunicación de ajeno beneficio; sin embargo no es solo un mero ministerio o de anunciar el Evangelio, o de declarar que los pecados están perdonados; sino que es a manera de un acto judicial, en el que pronuncia el sacerdote la sentencia como juez.." (Concilio de Trento, Sesión XIV, Cap.VI)
[6] "El pecado mortal es una posibilidad radical de la libertad humana contra el amor. Entraña la pérdida de la caridad y la privación de la gracia santificante, es decir, del estado de gracia. Si no es eliminado por el arrepentimiento y el perdón de Dios, causa la exclusión del Reino de Cristo y la muerte eterna del infierno; de modo que nuestra libertad tiene poder de hacer elecciones para siempre, sin retorno. Sin embargo, aunque podamos juzgar que un acto es en sí una falta grave, el juicio sobre las personas debemos confiarlo a la justicia y a la misericordia de Dios." (Catecismo 1861)
[7] "El Magisterio de la Iglesia ejerce plenamente la autoridad que tiene de Cristo cuando define dogmas, es decir, cuando propone, de una forma que obliga al pueblo cristiano a una adhesión irrevocable de fe, verdades contenidas en la Revelación divina o también cuando propone de manera definitiva verdades que tienen con ellas un vínculo necesario." (Catecismo N° 88)
"Los fieles, conscientes de su propia responsabilidad, están obligados a seguir, por obediencia cristiana, todo aquello que los Pastores sagrados, en cuanto representantes de Cristo, declaran como maestros de la fe o establecen como rectores de la Iglesia" (Código de Derecho Canónico 212:1)
"Los fieles, por su parte, tienen obligación de aceptar y adherirse con religiosa sumisión del espíritu al parecer de su Obispo, en materias de fe y de costumbres, cuando él lo expone en nombre de Cristo. Esta religiosa sumisión de voluntad y entendimiento de modo particular se debe al magisterio auténtico del Romano Pontífice, aun cuando no hable ex cathedra.." (Concilio Vaticano II, Cap. III "Constitución Jerárquica de la Iglesia", N° 25 )
[8] El Papa recalcó que la misa del domingo "es obligatoria" (Clarín, 30/01/2004)
El Pontífice advirtió que en algunas comunidades la eucaristía perdió "el lugar que merecía". Y les pidió a los obispos que no dejen de recordarles a los creyentes que deben asistir a la Iglesia.
http://www.clarin.com/diario/2004/01/30/um/m-700267.htm
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